Acoso contra las mujeres en internet
Con el acceso cada más fácil a internet, a las redes sociales en línea y a los aparatos digitales sofisticados, han evolucionado y se han diversificado también los métodos de acosar y aplicar medios violentos.
România Internațional, 17.01.2018, 18:18
Con el acceso cada más fácil a internet, a las redes sociales en línea y a los aparatos digitales sofisticados, han evolucionado y se han diversificado también los métodos de acosar y aplicar medios violentos. En consecuencia, ha nacido el fenómeno llamado ciberbullying, una forma de acoso informático. La velocidad de propagación en internet y la posibilidad de enviar mensajes por este medio a distancias cada vez más largas, no hace más que acrecentar la violencia virtual que no es nada menos nociva que la violencia real, según nos ha declarado Jurgita Peciuriene, experta en el marco de EIGE, el Instituto Europeo para la Igualdad de Género:
“Existen varias formas de violencia en internet: persecución y acoso informático, pornografía no consensual o reclutamiento de mujeres y jóvenes a fin de traficar con ellas posteriormente. De manera especial la pornografía no consensual, conocida también como pornografía en aras de la venganza que se ha extendido mucho y es practicada por las exparejas que desean humillarse en público. Tanto las mujeres como los hombres pasan por estas situaciones. Los hombres son víctimas de los insultos en Internet y de un acoso informático menos duro, mientras que las mujeres son objeto de venganza.
En opinión de los expertos del Instituto Europeo para la Igualdad de Género el fenómeno del ciberbullying (ciberacoso) se materializa en el envío reiterado de mensajes en línea, texto o video, o de mensajes con carácter ofensivo, mientras que el acoso informático se refiere a los mensajes o comentarios con carácter explícitamente sexual, amenazas e insultos. Las mujeres jóvenes, especialmente las adolescentes, caen víctimas de este tipo de violencia informática. Conforme con los datos hechos públicos en 2014 por la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, un 20% de las mujeres entre 18 y 29 años de edad, han pasado por varias formas de acoso informático desde los 15 años de edad. Además, los especialistas del Instituto para la Igualdad de Género aprecian que en el caso de las mujeres, la violencia del mundo virtual es una continuación del acoso y la violencia que éstas han padecido en la vida real.
Pese a la gravedad de esta situación, no existe un marco legislativo que incrimine y defina al acoso en internet y por ello, las medidas punitivas a tomar están en las manos de cada Estado miembro. En Rumanía por ejemplo, no existen datos estadísticos o leyes para combatir el acoso informático, nos ha declarado Andreea Braga, gerente ejecutiva del Centro Filia, una asociación de activismo feminista:
“Desgraciadamente, no nos beneficiamos de una legislación que defina el acoso informático. Sin embargo, podríamos enmarcarlo en algunos artículos de la ley. El artículo 208 del nuevo Código Penal define el acoso infomático. El mismo artículo incluye también las acciones repetidas que causan la intimidación, inclusive mediante la comunicación en línea. El ciberacoso se enmarca en este artículo de la ley pero no se define como un acto de violencia cometido contra las mujeres. La criminalidad a nivel de internet está también legislada pero no se precisa el acoso, sino la pornografía y el robo de datos personales entre los miembros de la expareja, actos que pueden constituir en una modalidad de chantaje a una persona para que siga en una relación.
Igual que los demás tipos de acoso o violencia, la de tipo informático está favorecida por las relaciones de fuerza que se establecen entre la víctima y el agresor. Andreea Braga nos amplía detalles al respecto:
“Si alguien pertenece a una minoría, étnica, religiosa o sexual, incluso si se trata de una mujer, aunque ellas no sean una minoría, a veces se encuentran en una posisión de inferioridad frente a los hombres, está mucho más expuesto al acoso en internet. Este acoso es iniciado en general por una persona con capital simbólico de fuerza como por ejemplo el personaje más popular o “chulo del grupo. Por ello, los demás se solidarizan con el agresor en la mayoría de los casos. En el caso de los adolescentes, el bullying ocurre también porque los testigos, para imitar al agresor, se solidarizan con él. En el caso de los adultos existen tácticas repetidas de intimidación, lastimar, criticar mediante el envío de mensajes, correos electrónicos y construcción de páginas web difamadoras contra determinadas personas. Todo esto se hace para calumniar y humillar a alguien.
La definición clara en la ley del fenómeno de acoso informático no sólo ayudaría a castigar a los autores, sino que ayudaría a las víctimas a comprender mejor qué les ocurre, porque la manera de agredir o humillar no refleja su propio valor personal sino la maldad del agresor. De esta manera, los dramas causados por la pérdida del respeto personal se pueden reducir. Andreea Braga nos habla de esto:
“El ciberacoso puede conducir tambien al suicidio. Si una persona está sometida largo tiempo a esta forma de acoso llega a manifestar temor, a deprimirse y a perder el respeto personal. Se han dado casos de adolescentes que han llegado al suicidio. Más allá de la legislación y de la ausencia de un marco legal para castigar este estado de cosas hace falta educar para que la gente comprenda qué le pasa.
No sólo las víctimas se tienen que educar a este respecto sino también el público del espacio virtual que al ver casos de acoso en internet debería reaccionar.